Justicia transicional (II): los casos de Grecia, Portugal y España

El segundo período en el que suele hablar de justicia transicional, si seguimos con el esquema de las oleadas de democracia que propuso el politólogo Samuel P. Huntington, corresponde con los años 70 y 80. Este segundo período comienza en el sur de Europa, y continúa después en América Latina, más concretamente en el Cono Sur (sobre todo Argentina, Chile y Uruguay).

En el caso del sur de Europa se corresponde a tres casos muy concretos, pero que sentaron precedente posteriormente: Grecia, Portugal y España (los principales casos de justicia transicional del Cono Sur, los dejo para otra entrada). Para estas tres naciones del sur de Europa, coinciden bastante los tiempos, pero no coinciden los modelos de salida y el tipo de medidas.

Hablemos, en primer lugar, del caso de Grecia. Grecia estuvo gobernada por una junta militar entre 1967 (a través de un golpe de estado el 21 de abril de 1967) y 1974 (a partir de la proclamación de la Tercera República Helénica), bajo el denominado “Régimen de los Coroneles”.

Tras la caída de esta junta militar, el gobierno de transición decidió detener a los principales dirigentes de la junta con Georgios Papadopoulos a la cabeza (que antes de ser dictador de Grecia, recibió entrenamiento en Estados Unidos y llegó a ser agente de la CIA), y los puso delante de un tribunal, dando pie a un juicio contra 24 de estos militares, en un juicio conocido como el “Juicio de los instigadores”, con condenas por comportamiento deshonroso, alta traición,…

Al mismo tiempo, hubo un proceso de purga del funcionariado que había colaborado con la junta, un proceso que afectó a hasta 100.000 funcionarios. Además, hubo un juicio concreto por un suceso concreto: el levantamiento de la politécnica de Atenas del año 1973, en el que un grupo de estudiantes que protestaron contra el régimen ocupó la Universidad Politécnica de Atenas, hecho que fue reprimido de manera muy dura, provocando un número elevado número de muertes. Este juicio se dirigió contra los que ordenaron este proceso concreto.

Igualmente, hubo procesos por impulsar torturas, atentar contra derechos de las personas,… El proceso de purga contra los funcionarios fue luego revisado, lo que permitió la creación de algunas leyes de amnistía. No obstante, las condenas referentes al incidente de la universidad politécnica siguieron intactas hasta el final.

Otro caso muy significativo en esta etapa fue el caso de Portugal. El proceso de transición portugués tiene lugar desde la “Revolución de los claveles”, el 25 de abril de 1974. Se conoce a este proceso como el “período revolucionario”, finalizado en el año 1976. En esta etapa, se  llevan a cabo diferentes purgas que afectaron a numerosos dirigentes de la dictadura de Salazar.

Se crea además, una comisión especial, la denominada “Comisión Interministerial de Depuración y Reclasificación”, encargada de coordinar y analizar todos los casos que necesitasen ser revisados. En febrero de 1975, 12.000 personas fueron destituidas de sus cargos por su colaboración con la dictadura y, a finales de ese año, el número de personas destituidas asciende a 20.000. Estas purgas afectaron a todas las instituciones del Estado y también al mundo de la empresa y de la sociedad civil.

La primera institución afectada fue el ejército. Este proceso de purgas en el ejército fue liderado por los generales que impulsaron la “Revolución de los claveles”. La vieja élite militar fue retirada de sus cargos. En la administración pública ocurrió lo mismo, así como en el ámbito de la judicatura. Otro sector que también fue afectado en este proceso, fue el de la educación, principalmente en el ámbito universitario.

Además, se dio paralelamente un proceso conocido como el de las “purgas salvajes”. La comisión llevaba a cabo un tipo de acción burocrática, con expedientes,… lo que provoca que diferentes grupos se sintieran un tanto impacientes por el proceso y por su lentitud. Por este motivo, se llevaron a cabo estas purgas salvajes sin tener en cuenta al comité: los propios estudiantes impidieron a profesores colaboracionistas con la dictadura incorporarse a las clases.

Algunos de estos procesos afectaron a miembros directos de la dictadura: la PIDE (Policía Internacional para la Defensa del Estado, la policía de la dictadura),  o también la legión portuguesa, encargada de reprimir a los opositores, disidentes,… Aunque lo que prácticamente no hubo en el caso portugués fueron procesos judiciales.

Solamente se llevó a cabo un proceso judicial, por el asesinato de Humberto Delgado, un disidente exiliado en España, asesinado por la PIDE con la colaboración de la policía franquista. Más allá de esto, no hubo procesos judiciales sistemáticos como en Grecia.

Desde 1976, muchas purgas, especialmente las salvajes, fueron sometidas a revisión. Se facilitaron situaciones de jubilación anticipada, retiros forzosos,… paliando así las condenas, y después, se les facilitó la reintegración a sus cargos. Muchos profesores que habían sido purgados, volverían a ejercer docencia en los años 80.

Se dio un debate específico relacionado con los archivos que tenía la PIDE: tenía un número muy amplio de fichas con información sobre las personas, situación profesional, personal, tendencias políticas,… Toda esta documentación, que muchas veces sale a la luz por delatores de la policía, fue objeto de debate, básicamente sobre el hecho del qué hacer con estas fichas. Finalmente pasó a ser parte de los Archivos Nacionales de Portugal, parcialmente abiertos a consulta después de debatir si enseñarlos o no.

Además, surgió también el tema de las reparaciones: aquellas personas que se vieron obligadas a exiliarse se supone que se merecían algún tipo de compensación económica y, finalmente, se establecieron medidas de compensación económica para estas personas.

Otro aspecto en este proceso, aunque de menor importancia, fueron diversas medidas de carácter más simbólico, que inciden en la memoria colectiva portuguesa. La democracia portuguesa construyó un relato sobre las bases de la oposición a la dictadura. Desde el año 1974, la democracia portuguesa, en su relato histórico, se reconoce como heredera de esta oposición, con actos de carácter público, monumentos,… ejerciendo una política de fomento del recuerdo de aquellos que lucharon contra la dictadura de Salazar.

El tercer gran caso de justicia transicional de este período fue España. El caso español es un ejemplo en algunos casos bastante diferente a los anteriormente mencionados, ya que fue un proceso que estuvo marcado por las medidas de amnistía. En el caso español, se adoptaron estas medidas de amnistía sin que hubiese antes juicios. Entre noviembre de 1975 y la aprobación de la Ley de Amnistía de 1977, se promulgan medidas de amnistía que estuvieron destinadas a posibilitar la salida de presos políticos que quedaban en las cárceles de la dictadura, lo que incluyó oposición sindical, política o armada.

Se estableció la clausura de cualquier juicio de generales o miembros de la dictadura. Esto se hizo con un amplio consenso: 296 a favor, 2 en contra, 18 abstenciones correspondientes a la derecha profranquista,… Se amnistiaron diversos delitos y faltas de diversas autoridades, miembros públicos, funcionarios, agentes del orden público,… contra los derechos de las personas.

Se posibilita así la salida de los presos políticos producto de la oposición al franquismo. Al mismo tiempo, se negaba la posibilidad de pedir responsabilidades a los miembros de la dictadura. En el caso del funcionariado, aunque hubo algunos acusados, la mayor parte de ellos fueron amnistiados y volverían a sus cargos.

En el caso de la democracia española, desde 1976 se dedicaba una indemnización económica para aquellas víctimas de la violencia franquista y de la Guerra Civil. Las primeras indemnizaciones de 1976 fueron dirigidas a mutilados y combatientes del bando republicano. En la dictadura solamente se habían reconocido como contendientes a los del bando nacional o franquista.

Al mismo tiempo, después del 1979, se ampliaría esto a todos los combatientes de la República, incluso hasta el año 1934 con la “Revolución de Octubre”, y las familias de estos también. En el año 1934 existieron Guardias de Asalto y carabineros que habían colaborado de alguna forma en la lucha, por lo que fueron compensados. Finalmente, en los años 90, se les da compensación a los presos del franquismo que estuvieron un mínimo de 2 años en la cárcel.

Por otro lado, diversos gobiernos autonómicos harían procesos de este tipo de manera independiente. Más allá de esto, lo cierto es que desde 1975, estas medidas de justicia transicional en España dependerían en gran parte de los equilibrios políticos de los dirigentes en el gobierno: sobre todo por vocación por acabar con los símbolos del franquismo o no y demás aspectos. Más allá de esto, no se desarrolló una política coordinada al respecto.

En el año 2002 se tomaría una resolución de condena del golpe de Estado del 1936, aprobada en el Parlamento por unanimidad y después, ya en el 2007, se promulga la llamada Ley de Memoria Histórica (ya que el 2006 fue denominado como el “Año de la Memoria”). Existió un debate en el Parlamento acerca de esto, pero finalmente fue aprobada esta ley de Memoria Histórica, a pesar de que no lo hizo por unanimidad. Esta ley de Memoria Histórica la sacó adelante el PSOE, junto con los votos de los grupos nacionalistas,… mientras que el Partido Popular se pronunció en contra.

La ley presenta disposiciones de carácter normativo sobre aspectos de reparación económica y simbólica: medidas de concesión de la nacionalidad española a hijos y nietos de exiliados españoles, hasta el año 2011; nacionalidad española a los participantes en las Brigadas Internacionales de la República; diversos símbolos: escudos, insignias o placas,… exaltando la Guerra Civil o la dictadura debían ser retiradas, excepto en casos relacionados con el arte, arquitectura,…

También se preveía la despolitización del Valle de los Caídos. Aunque esta ley no establece cual debe ser el procedimiento para hacerlo, sí que dice que debe ser despolitizado, dado que, según dice esta ley, no puede seguir siendo una institución privada ni un bien conmemorativo de la dictadura.

También se proyectaron ayudas para excavaciones de fosas comunes y un capítulo de subvenciones a asociaciones a favor de la recuperación de la memoria. Además, se hace una declaración de la ilegitimidad de los juicios hechos durante el franquismo, pero sin anular en verdad su validez o existencia.

Muchas de estas medidas fueron interrumpidas más tarde, como las excavaciones de fosas comunes, por ejemplo, mientras que el asunto de los monumentos y la simbología si se está cumpliendo (aunque el proceso es lento y por ello aún no ha finalizado).

Todo ello dio pie a que el relator especial de las Naciones Unidas para estos temas, el señor Pablo de Greiff, hiciese un informe dedicado a España en agosto del 2014, señalando deficiencias en el cumplimiento de estas leyes e insistiendo en la necesidad de derogar la Ley de Amnistía que sigue vigente aún a día de hoy, para tomar medidas más serias.

España, en la actualidad, es uno de los países con el número más elevado de fosas comunes sin excavar del mundo, unas 2.400, aproximadamente. Esto hace que España sea, actualmente, el segundo país con mayor número de desaparecidos del mundo (aproximadamente, sobre 140.000), solamente por detrás de Camboya.

Simón de Eiré

Nota: este texto se basa en apuntes de la asignatura de Guerra, Violencia y Memoria en el siglo XX, impartida, en este caso, por el profesor Antonio Míguez Macho, dentro del Grado en Historia de la USC (Universidad de Santiago de Compostela)

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